Conoce el protocolo para la reactivación de las industrias culturales en Colombia

Foto por Canal Trece

Con la Resolución 957 de 2020, aprobada por el Ministerio de Salud el 16 de junio, se empiezan a activar gradualmente las industrias culturales en el marco de la pandemia por el COVID-19, mediante un importante protocolo para garantizar la salud de los trabajadores, participantes y público en general.

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Las instituciones, entidades, espacios y empresas dedicadas a la industria cultural, ya pueden avanzar en el diseño de sus protocolos para disminuir el riesgo de transmisión del virus y acceder a la autorización por parte de la autoridad territorial correspondiente para reiniciar labores.

La resolución establece la posibilidad de desarrollar servicios de preproducción, producción y posproducción de contenidos audiovisuales, cinematográficos y para artes escénicas, así como los oficios de la música fonograbada mediante la transmisión de obras artísticas y audiovisuales de forma remota.

Teatro Sogamoso, foto por Anderson Labrador @zetadj, Canal Trece

Para esto se deben cumplir ciertas medidas como establecer reportes del estado de salud del personal, capacitaciones sobre seguridad y salud en el trabajo, uso de elementos de protección personal, distanciamiento físico entre el personal; así como recomendaciones fuera de las actividades laborales.

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La resolución establece las directrices para realizar actividades de planeación, reproducción, ensayos y rodajes; servicios de maquetas o previsualizaciones; ensayo de roles individuales; servicios de grabación y de posproducción de audio y video.

El decreto también permite que los teatros o salas de conciertos puedan retornar a sus actividades para producir contenidos de las artes escénicas (música, teatro, danza y circo) sin público.

Foto por Canal Trece

En el Artículo 2, la resolución especifica que todos los interesados en reanudar actividades deben llevar a cabo las consultas respectivas con sus autoridades locales para su implementación y las necesidades de vigilancia y control establecidas por cada municipio.

Se establece además, la posibilidad de solicitar a proveedores de servicios la aplicación de protocolos de bioseguridad.

Así mismo se hacen recomendaciones de movilidad, transporte de artistas y colaboradores, desinfección frecuente de vehículos y promueve el uso de formas de transporte alternativas.

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Entre las actividades que se prohíben está el consumo de alimentos en sets de grabación, la visita de personal ajeno a las producciones, compartir dispositivos de comunicación u otras herramientas personales de trabajo y la eliminación de escenas que generen aglomeración de extras.

Una de las novedades del nuevo decreto de la extensión de la cuarentena es que se permite la "proyección fílmica, conciertos y artes escénicas realizadas bajo la modalidad de autocines – autoeventos, sin que se genere aglomeraciones, en los términos que establezca el Ministerio de Salud".

Conoce AQUÍ la resolución número 957 del 16 de junio de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.

Conservatorio del Tolima, foto por Anderson Labrador @zetadj, Canal Trece


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