Pico y placa en Barranquilla: así funcionará la medida para vehículos particulares durante el fin de semana de Carnaval

La Alcaldía de Barranquilla anunció la aplicación de la medida de pico y placa para vehículos particulares durante el fin de semana previo a las principales celebraciones del Carnaval, con el objetivo de garantizar una movilidad más ordenada y segura tanto para residentes como para visitantes.

La restricción no aplica para motocicletas y estará vigente en toda la ciudad en horarios específicos, según el último dígito de la placa.

Pico y placa por día y fecha en Barranquilla

 Viernes 13 de febrero

Placas terminadas en: 1 – 2 – 3

Horario:

Desde las 6:00 p. m. del viernes 13 hasta las 6:00 a. m. del sábado 14.

Sábado 14 de febrero

Placas terminadas en: 4 – 5 – 6 – 7

Horario:

Desde las 11:00 a. m. del sábado 14 hasta las 6:00 a. m. del domingo 15.

 Domingo 15 de febrero

Placas terminadas en: 8 – 9 – 0

Horario:

Desde las 11:00 a. m. del domingo 15 hasta las 6:00 a. m. del lunes 16.

 Importante: la medida aplica únicamente para vehículos particulares

 

Vehículos exentos del pico y placa

Están exentos de la restricción:

  • Vehículos que conforman la caravana presidencial.
  • Vehículos destinados a la seguridad del alcalde de Barranquilla y del gobernador del Atlántico, incluidos sus esquemas de protección.
  • Vehículos de las Fuerzas Militares, Policía Nacional e INPEC, usados en actividades oficiales.
  • Ambulancias, vehículos del Cuerpo Oficial de Bomberos y de atención de emergencias, rescate y salud.
  • Vehículos adaptados para el transporte o conducción de personas con discapacidad.
  • Vehículos operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos destinados al control de tránsito, grúas de la Secretaría Distrital y grúas de aseguradoras en atención de siniestros viales.
  • Vehículos del Sistema Integrado de Transporte Masivo (Transmetro).
  • Vehículos de vigilancia privada y escolta, durante la prestación del servicio.
  • Vehículos autorizados para el transporte de valores.
  • Vehículos de servicio oficial y diplomáticos.
  • Coches fúnebres.
  • Vehículos de transporte escolar, debidamente habilitados.
  • Vehículos con blindaje nivel tres (3) o superior.
  • Vehículos de medios de comunicación, debidamente identificados.
  • Vehículos destinados al transporte de carga y descarga, incluidos los que movilizan estructuras para palcos.
  • Vehículos eléctricos, conforme a la Ley 1964 de 2019.

Recomendación a la ciudadanía

Las autoridades recomiendan planear los desplazamientos con anticipación, verificar el número de placa antes de salir y priorizar el uso de transporte público durante los días de restricción.

 

Ir al contenido