¿Cuándo se paga la prima de mitad de año en Colombia?

En esta nota le contamos cuándo pagan la prima de junio, hasta cuándo hay plazo y cuánto dinero debe recibir.

¿Qué es la prima? Es un pago a cargo del empleador y corresponde a un salario mensual anual en dos pagos, es decir un pago de 15 días de salario por semestre laborado.

Esto se traduce en que tiene derecho a medio sueldo o proporcional si lleva menos de seis meses. La única condición específica para recibir la prima es un contrato laboral; no son válidos, por ejemplo, los de prestación de servicios.

Para este pago es importante tener en cuenta que la fecha límite para pagar la prima es hasta el 30 de junio de 2024. Los empleadores que dilaten o nieguen este pago podrán ser sometidos a sanciones económicas.

¿Cuánto le deben pagar de prima?

Este dato se obtiene tomando el salario mensual y multiplicándolo por el tiempo laborado, 180 si empezó desde el 1 de enero o el número de días si inició después y ese número dividirlo en 360.

Para este cálculo también debe tener en cuenta el auxilio de transporte para aquellos que ganan hasta máximo dos salarios mínimos.

¿Cuándo pagan la prima en Colombia?

La prima de servicios en Colombia es una prestación que se otorga a los trabajadores formales y se paga dos veces al año. El primer pago corresponde a la mitad de un salario y se realiza a finales de junio. El segundo pago se efectúa a mediados de diciembre.

Cálculo de la prima de mitad de año:

  1. Determina el salario base del trabajador: Esto excluye subsidios, auxilios, descuentos y otras prestaciones.
  2. Multiplica el salario base por 180 días (equivalente a 6 meses) o por el número de días laborados en el período si fue inferior a 6 meses.
  3. Divide el resultado entre 360 días, que representa el total de días trabajados en un año.

Ejemplo para quienes ganan el Salario Mínimo en 2024:

  • Salario Mínimo en 2024: 1’300.000 pesos colombianos
  • Días trabajados en el primer semestre: 180 días
  • Prima para junio del 2024: 3601300.000×180=650.000 pesos colombianos.

Además de las personas con contrato laboral según la Ley 1788, desde el 2016 aquellos que trabajen en servicio doméstico y choferes de servicio familiar también tienen derecho a pago de la prima.

Ellos deben hacer el cálculo con el salario mínimo y el auxilio de transporte.

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