En bici, pero siguiendo las normas

Por eso, tengan presente estos cambios para no ser multados. Quienes posean alguno de estos vehículos deberán cumplir la resolución 160 del 2 de febrero de este año que prohíbe en primera medida el uso de estos elementos para servicio público. También se exige a los usuarios tener el Soat, contar con certificado de revisión técnico-mecánica y registro en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) y tener licencia de conducción. Te puede interesar: Lo que debes saber del nuevo Código de Policía Las motos eléctricas deberán transitar por un carril de la calzada y no podrán usar las ciclorrutas para movilizarse. Las bicicletas con motor eléctrico no podrán pesar más de 35 kilogramos y su velocidad no puede superar los 25 kilómetros por hora. Lo que hay que cumplir -Los vehículos señalados deben tener luces adelante y atrás, contar con direccionales, espejos retrovisores, placa y pito. -El casco es obligatorio para conductores y acompañantes y deberá cumplir con la reglamentación en términos de calidad y durabilidad. -Los chalecos reflectivos deberán portarse después de las 6 pm y antes de las 6 am. -Los conductores deberán tener licencia de conducción como mínimo de la categoría A1, mientras que los de los vehículos clase cuadriciclos deberán tener como mínimo categoría B1.  

SOBRE EL TRECE  |  SALA DE PRENSA   |  CONTACTO   |   DIRECTORIO   TÉRMINOS Y CONDICIONES  |  PQRS

Ir al contenido