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En bici, pero siguiendo las normas

Por eso, tengan presente estos cambios para no ser multados. Quienes posean alguno de estos vehículos deberán cumplir la resolución 160 del 2 de febrero de este año que prohíbe en primera medida el uso de estos elementos para servicio público. También se exige a los usuarios tener el Soat, contar con certificado de revisión técnico-mecánica y registro en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) y tener licencia de conducción. Te puede interesar: Lo que debes saber del nuevo Código de Policía Las motos eléctricas deberán transitar por un carril de la calzada y no podrán usar las ciclorrutas para movilizarse. Las bicicletas con motor eléctrico no podrán pesar más de 35 kilogramos y su velocidad no puede superar los 25 kilómetros por hora. Lo que hay que cumplir -Los vehículos señalados deben tener luces adelante y atrás, contar con direccionales, espejos retrovisores, placa y pito. -El casco es obligatorio para conductores y acompañantes y deberá cumplir con la reglamentación en términos de calidad y durabilidad. -Los chalecos reflectivos deberán portarse después de las 6 pm y antes de las 6 am. -Los conductores deberán tener licencia de conducción como mínimo de la categoría A1, mientras que los de los vehículos clase cuadriciclos deberán tener como mínimo categoría B1.   En bici, pero siguiendo las normas

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