A partir de este miércoles 2 de octubre, Colombia implementa una nueva normativa que busca prevenir la explotación sexual de niños y adolescentes en el transporte terrestre. La medida establece nuevas condiciones para los viajes de menores de edad por carretera.
Acompañamiento y autorización para menores
Los menores de edad que viajen por tierra deberán estar acompañados por sus padres o un adulto responsable. Si el acompañante no es uno de los padres o tutor legal, será necesario presentar una autorización firmada por alguno de ellos. Esta autorización podrá presentarse en formato físico o digital, según el formato de cada empresa o los sugeridos por la Superintendencia de Transporte.
Requisitos para la autorización
No es necesario que el documento de autorización esté autenticado ante Notaría, como ocurre en viajes internacionales. Sin embargo, el menor deberá portar una copia de su documento de identidad que demuestre su parentesco o relación con quien firme la autorización. Este documento deberá ser presentado antes de la compra de tiquetes en la empresa de transporte.
Sanciones y responsabilidades
Las empresas de transporte que no cumplan con esta nueva regulación pueden ser sancionadas. Nancy Mesa, superintendente delegada de Transporte, subrayó que las empresas están obligadas a exigir los documentos necesarios para garantizar la seguridad de los menores. Además, pueden negarse a prestar el servicio si los menores no cumplen con los requisitos o si no se garantizan las condiciones adecuadas de seguridad durante el viaje.
Control en terminales de transporte y vehículos
Los operadores y conductores de vehículos de transporte deberán seguir las políticas de la empresa para garantizar el control y la custodia adecuada de los menores durante el viaje, especialmente cuando se recogen fuera de las terminales de transporte. Esta normativa se pone en marcha en un momento clave, con el inicio de las vacaciones de octubre, un periodo de mayor flujo de pasajeros por carretera.