¿Cuáles son las restricciones para las elecciones del 29 de octubre?

El pasado 20 de octubre, el Gobierno Nacional emitió el decreto 1702 de 2023, en el cual se establecen una serie de restricciones clave para garantizar la transparencia y la integridad del proceso electoral que se llevará a cabo el próximo fin de semana. 

Una de las medidas más destacadas en el decreto es la regulación del uso de dispositivos móviles durante el acto de votación. Según lo estipulado, se prohíbe el uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y de video en el lugar de votación desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. 

¿Qué se logra con esto?  

Con esta regulación se busca preservar la privacidad y el carácter confidencial del voto, evitando cualquier forma de registro visual que pueda comprometer el secreto del sufragio. 

No obstante, el decreto también establece que las personas que cuenten con su documento de identificación en formato digital podrán presentarlo para ejercer su derecho al voto, usando sus dispositivos móviles solo para este fin específico. 

Medios de comunicación  

Para los medios de comunicación, también se hace una excepción. Aquellos que hayan obtenido el permiso correspondiente de la Registraduría Nacional del Estado Civil podrán hacer uso de estos dispositivos en el lugar de votación solo para informar sobre el desarrollo de las elecciones. 

Jurados de votación  

En cuanto a los jurados de votación, está permitido portar sus teléfonos celulares, pero no estarán autorizados para hacer uso de estos con el fin de evitar cualquier posible interferencia o influencia en el proceso de votación. 

Con el fin de asegurar el orden de la jornada electoral, del 23 al 30 de octubre solo se podrán realizar reuniones de carácter político en recintos cerrados. Durante el día de las elecciones, está prohibido hacer propaganda, manifestaciones, comunicados y entrevistas con fines electorales. 

Ley seca  

Entre las medidas anunciadas, también se destaca la ley seca. Por lo tanto, queda prohibida la venta y el consumo de bebidas embriagantes y el permiso de porte de armas desde las 6:00 p.m. del 28 de octubre hasta las 6:00 a.m. del 30 de octubre. 

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