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	<title>caso Blessd &#8211; Canal Trece</title>
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		<title>Procuraduría contradice a Fiscalía en proceso que involucra a Blessd</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Jhorman Alexander Montezuma]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 15 Jun 2026 17:39:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Procuraduría General de la Nación fijó una posición que podría marcar un punto clave dentro del proceso judicial que involucra al cantante colombiano Blessd y a otras personas vinculadas a la investigación. Durante las audiencias recientes, el Ministerio Público manifestó su desacuerdo con la solicitud de medida de aseguramiento presentada por la Fiscalía General [...]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p data-start="220" data-end="718">La <strong data-start="223" data-end="260">Procuraduría General de la Nación</strong> fijó una posición que podría marcar un punto clave dentro del proceso judicial que involucra al cantante colombiano <strong data-start="377" data-end="387">Blessd</strong> y a otras personas vinculadas a la investigación. Durante las audiencias recientes, el Ministerio Público manifestó su desacuerdo con la solicitud de medida de aseguramiento presentada por la <strong data-start="580" data-end="613">Fiscalía General de la Nación</strong>, al considerar que no existen elementos suficientes para acreditar el delito de <strong data-start="694" data-end="717">secuestro extorsivo</strong>.</p>
<p data-start="720" data-end="981">La postura de la Procuraduría se conoció luego del análisis de las pruebas presentadas durante las diligencias judiciales, en las que se revisaron conversaciones, audios y otros elementos relacionados con los hechos que actualmente son materia de investigación.</p>
<h2 data-section-id="m0209m" data-start="983" data-end="1036">¿Qué dijo la Procuraduría sobre el caso de Blessd?</h2>
<p data-start="1038" data-end="1335">De acuerdo con lo expuesto durante la audiencia, la <strong data-start="1090" data-end="1106">Procuraduría</strong> concluyó que los elementos probatorios debatidos no permiten demostrar uno de los requisitos fundamentales para configurar el delito de secuestro extorsivo: la supresión total de la libertad de locomoción de la presunta víctima.</p>
<p data-start="1337" data-end="1520">Según la entidad, la información presentada durante el proceso evidencia que las relaciones y negociaciones entre las partes continuaron después de la reunión que originó la denuncia.</p>
<p data-start="1522" data-end="1833">Además, se señaló que la propia persona denunciante habría manifestado la posibilidad de suscribir un contrato en una fecha posterior e incluso asistir acompañada por autoridades policiales si lo consideraba necesario, situación que fue valorada dentro del análisis jurídico realizado por el Ministerio Público.</p>
<h2 data-section-id="7sej2n" data-start="1835" data-end="1874">El debate sobre el supuesto contrato</h2>
<p data-start="1876" data-end="1981">Uno de los aspectos centrales del proceso está relacionado con la presunta firma obligada de un contrato.</p>
<p data-start="1983" data-end="2174">Durante las audiencias se planteó que dicho documento no existía al momento de la reunión investigada y que posteriormente continuó siendo objeto de negociación entre las partes involucradas.</p>
<p data-start="2176" data-end="2368">Este elemento fue considerado por la Procuraduría como uno de los factores relevantes para cuestionar la hipótesis planteada por la Fiscalía respecto a la existencia de un secuestro extorsivo.</p>
<h2 data-section-id="1wq8zpg" data-start="2370" data-end="2422">La Fiscalía y la presunta participación de Blessd</h2>
<p data-start="2424" data-end="2593">Otro de los puntos discutidos durante las diligencias judiciales tiene relación con la presunta participación de <strong data-start="2537" data-end="2547">Blessd</strong> como determinador de los hechos investigados.</p>
<p data-start="2595" data-end="2804">Según lo expuesto durante la audiencia, la defensa argumentó que la Fiscalía no logró demostrar de manera suficiente la existencia de una llamada que vinculara directamente al artista con la conducta imputada.</p>
<p data-start="2806" data-end="3033">También se indicó que, según las entrevistas iniciales del denunciante, dicha comunicación habría ocurrido después de los hechos investigados, aspecto que actualmente continúa siendo objeto de análisis por parte de la justicia.</p>
<h2 data-section-id="11td0i7" data-start="3035" data-end="3082">La importancia de la presunción de inocencia</h2>
<p data-start="3084" data-end="3284">Durante su intervención, la <strong data-start="3112" data-end="3149">Procuraduría General de la Nación</strong> insistió en que cualquier medida restrictiva de la libertad debe estar sustentada en pruebas suficientes, verificables y consistentes.</p>
<p data-start="3286" data-end="3526">Asimismo, recordó la importancia de garantizar principios constitucionales como el <strong data-start="3369" data-end="3387">debido proceso</strong>, la <strong data-start="3392" data-end="3419">presunción de inocencia</strong> y el respeto por los derechos fundamentales de todas las personas involucradas en una investigación penal.</p>
<h2 data-section-id="k8gxrb" data-start="3528" data-end="3569">Blessd continuará vinculado al proceso</h2>
<p data-start="3571" data-end="3805">En la audiencia también se destacó que <strong data-start="3610" data-end="3620">Blessd</strong> y <strong data-start="3623" data-end="3645">Santiago Jaramillo</strong> han comparecido ante las autoridades desde el inicio de las actuaciones judiciales y han atendido los requerimientos realizados por los organismos competentes.</p>
<p data-start="3807" data-end="3978">Según se indicó, ambos mantienen su disposición de continuar colaborando con el proceso y ejercer su derecho a la defensa dentro de los mecanismos establecidos por la ley.</p>
<p data-start="3980" data-end="4175">Por esta razón, la Procuraduría solicitó que los investigados continúen afrontando el proceso en libertad mientras avanza el trámite judicial y se adopta una decisión definitiva sobre los hechos.</p>
<h2 data-section-id="fj0945" data-start="4177" data-end="4205">El proceso sigue en curso</h2>
<p data-start="4207" data-end="4497">Aunque la posición del Ministerio Público representa un elemento relevante dentro del expediente, el caso continúa en etapa judicial y será la autoridad competente la encargada de definir las decisiones correspondientes con base en las pruebas y argumentos presentados por todas las partes.</p>
<p data-start="4499" data-end="4782">Mientras tanto, el artista colombiano reiteró su respeto por las instituciones, su disposición de comparecer ante la justicia cuando sea requerido y su confianza en que las decisiones futuras se adopten conforme a las garantías constitucionales y al análisis integral de las pruebas.</p>
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